Regl. 8829, art. 2.1
Forma de los Expedientes y Documentos
Length: 59 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8829, Art. 2.1
Los expedientes y documentos públicos de los asuntos ante la consideración de la
Oficina y sus divisiones, serán preparados y mantenidos en formato digital. Se
exceptúan de lo anterior, aquellos expedientes y documentos que por su
naturaleza O volumen no puedan prepararse y mantenerse en formato digital.
SE ENMIENDA LA SECCIÓN 2.2 PARA QUE LEA DE LA SIGUIENTE MANERA: