Regl. 3622, art. I-6.7.7
Reglamento de educacion continua y registro para la recertificacion de los medicos veterinarios.
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Cite as Reglamento Núm. 3622, Art. I-6.7.7
Por ser el veterinario licenciado de 65 años de edad o más
y no practique la profesión de médico veterinario.