Regl. 8833, art. III
APLICABILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 8833, Art. III
Las disposiciones de este Reglamento son aplicables a los empleados de carrera y
empleados de confianza con derecho absoluto a ser reinstalados en un puesto de carrera
de las Agencias de la Rama Ejecutiva. Se excluye a la Oficina del Gobernador Propia,
Comisión Estatal de Elecciones, Oficina de Ética Gubernamental y Universidad de
Puerto Rico.