Regl. 8835, art. 13 dup2
Cartas a la Gerencia Remitidas por los Auditores Externos (Management
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Cite as Reglamento Núm. 8835, Art. 13 dup2
Letters)
El diseño y el uso de mecanismos de fiscalización y seguimiento efectivos
contribuyen a la gobernanza y a la transparencia que la gerencia de las
entidades auditadas debe demostrar para propiciar el logro de objetivos e
iniciativas propuestos. Para fortalecer estos mecanismos, las entidades
auditadas deben aplicar procedimientos similares a los aquí establecidos
respecto a las recomendaciones contenidas en las cartas a la gerencia
(management letters) remitidas por los auditores externos.
Estas recomendaciones deben ser analizadas para identificar las acciones
correctivas que ameriten ser implantadas para mejorar el uso de la propiedad y
de los fondos públicos. Si a juicio de la gerencia de las entidades auditadas, las
recomendaciones no pueden ser adoptadas, esta debe dejar constancia escrita
de la determinación tomada. Las recomendaciones que adopten están sujetas a
un proceso similar al establecido en los artículos del 5 al 9 de este Reglamento
en lo concerniente a la presentación, evaluación y verificación del PAC y de
los ICP. El proceso debe ser administrado, preferiblemente, por la Oficina de
Auditoría Interna. En ausencia de la función de auditoría interna en la entidad,
el proceso debe ser administrado por la persona que el funcionario principal
designe.
Las entidades deben conservar un expediente que incluya, al menos, copia de
las cartas a la gerencia remitidas por los auditores externos, el PAC y los ICP
remitidos, las actividades realizadas para cumplir con las recomendaciones, el
estatus de las recomendaciones y cualquier otro documento pertinente.
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