Regl. 8835, art. 7 dup2
Dónde y Cómo Presentar el PAC, los ICP y los Demás Documentos
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Cite as Reglamento Núm. 8835, Art. 7 dup2
Relacionados con el Proceso del Plan de Acción Correctiva
La información y los documentos deben remitirse en forma digitalizada y
mediante la aplicación que la Oficina creó para estos propósitos o por
cualquier otro medio que la Contralora o su representante autorizado determine
y que se notifique a las entidades mediante carta circular. Esto, conforme con
las necesidades de la Oficina y los avances tecnológicos.
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