Regl. 8841, art. 114.4

REGLAMENTO PARA EL RECIBO, TRAMITE, INVESTIGACION Y ADJUDICACION E QUERELLAS ADMINISTRATIVAS CONTRA EMPLEADOS DE LA POLICIA DE PUERTO RICO. Mediante este Reglamento se establecen las normas y procedimientos que habra de seguir la Policia de Puerto Rico (en adelante, la "PPR") en cuanto al recibo, tramite, investigacion y adjudicacion de toda querella administrativa por conducta impropia que sea presentada en contra de sus empleados.

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Cite as Reglamento Núm. 8841, Art. 114.4

4 Las investigaciones por conducta impropia relacionadas con agresión sexual, violencia doméstica y hostigamiento sexual o acoso sexual serán investigadas simultáneamente por el Cuerpo de Investigaciones adscritos al SAIC y 16
Regl. 8841, art. 114.4: REGLAMENTO PARA EL RECIBO, TRAMITE, INVESTIGACION Y ADJUDICACION E QUERELLAS ADMINISTRATIVAS CONTRA EMPLEADOS DE LA POLICIA DE PUERTO RICO. Mediante este Reglamento se establecen las normas y procedimientos que habra de seguir la Policia de Puerto Rico (en adelante, la "PPR") en cuanto al recibo, tramite, investigacion y adjudicacion de toda querella administrativa por conducta impropia que sea presentada en contra de sus empleados. | Justis AI