Regl. 8843, art. 15-15.8
Se permitirán animales en el Paseo de La Princesa sujeto a las reglas que
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Cite as Reglamento Núm. 8843, Art. 15-15.8
determine el Comité y que serán divulgadas en el Paseo. El dueño del animal deberá hacerse
responsable del recogido de sus desperdicios y de los daños que pueda éste causarle a la
propiedad y/o a terceros.