Regl. 8844, art. 28 dup2
Contestación a la orden, querella 0 solicitud
Length: 72 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8844, Art. 28 dup2
Dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de archivo en autos de una
copia de la notificación de la querella 0 solicitud, la parte querellada 0 promovida
someterá su contestación o alegación, en la cual deberá incluir las defensas que le
asistan. Si cualesquiera o todas las alegaciones de la querella fueran negadas, la
contestación deberá hacer constar los hechos en que se basa la parte querellada
para negarla.