Regl. 8844, art. 67
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS Y DE SUBASTAS DE LA COMPAÑIA DE TURISMO DE PUERTO RICO. El proposito de este Reglamento es proveer un procedimiento adecuado para la solucion informal de las controversias administrativas y asegurar la solucion rapida y economica de los asuntos ante la consideracion de la Compañia de Turismo mediante un procedimiento uniforme de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
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Cite as Reglamento Núm. 8844, Art. 67
Procedimiento
Durante la vista informal se le dará la oportunidad a la persona de expresar su
versión de los hechos y producir la evidencia que tenga a su favor. La vista será
presidida por un empleado, funcionario 0 contratista escogido por el Director 0 su
delegado. Concluida la vista informal, la Compañía emitirá una determinación la
cual notificará por escrito mediante correo ordinario, y en la cual advertirá de
cualquier trámite ulterior disponible, si alguno.
Parte V.
Subastas