Regl. 8844, art. 8 dup2
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS Y DE SUBASTAS DE LA COMPAÑIA DE TURISMO DE PUERTO RICO. El proposito de este Reglamento es proveer un procedimiento adecuado para la solucion informal de las controversias administrativas y asegurar la solucion rapida y economica de los asuntos ante la consideracion de la Compañia de Turismo mediante un procedimiento uniforme de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
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Cite as Reglamento Núm. 8844, Art. 8 dup2
Uso de palabras y frases
Cuando así lo justifique su uso, se entenderá que toda palabra usada en tiempo
presente incluye también el pasado y futuro, el singular también incluye el plural;
y el masculino incluye el femenino y el neutro, y viceversa. Las palabras de este
Reglamento deben ser generalmente entendidas en su más corriente y usual
significado.
Salvo que se indique lo contrario o que de su contexto surja otro significado, los
términos, vocablos, frases y definiciones incluidas en cualquier legislación
aplicable a la Compañía de Turismo de Puerto Rico serán de aplicación a este
Reglamento.
Parte II.
Concesión 0 Denegación de Licencias, Franquicias, Permisos y Endosos