Regl. 8844, art. 91

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS Y DE SUBASTAS DE LA COMPAÑIA DE TURISMO DE PUERTO RICO. El proposito de este Reglamento es proveer un procedimiento adecuado para la solucion informal de las controversias administrativas y asegurar la solucion rapida y economica de los asuntos ante la consideracion de la Compañia de Turismo mediante un procedimiento uniforme de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.

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Cite as Reglamento Núm. 8844, Art. 91

Derogación Mediante la aprobación de este Reglamento se deroga el Reglamento Número 4380 de 3 de enero de 1991, conocido como el "Reglamento de Procedimiento Administrativo Uniforme de la Compañía de Turismo" y el Reglamento Número 8331 del 29 de enero de 2013 conocido como el "Reglamento de Subastas de la Compañía de Turismo". Se derogan, además, las disposiciones relacionadas a procedimientos adjudicativos formales e informales, incluyendo subastas, que surjan de otros reglamentos de la Compañía de Turismo, así como toda norma en conflicto con las disposiciones aquí contenidas.
Regl. 8844, art. 91: REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS Y DE SUBASTAS DE LA COMPAÑIA DE TURISMO DE PUERTO RICO. El proposito de este Reglamento es proveer un procedimiento adecuado para la solucion informal de las controversias administrativas y asegurar la solucion rapida y economica de los asuntos ante la consideracion de la Compañia de Turismo mediante un procedimiento uniforme de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. | Justis AI