Regl. 8844, art. 93

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS Y DE SUBASTAS DE LA COMPAÑIA DE TURISMO DE PUERTO RICO. El proposito de este Reglamento es proveer un procedimiento adecuado para la solucion informal de las controversias administrativas y asegurar la solucion rapida y economica de los asuntos ante la consideracion de la Compañia de Turismo mediante un procedimiento uniforme de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.

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Cite as Reglamento Núm. 8844, Art. 93

Vigencia 62 Compañía de Turismo de Puerto Rico Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, 6 Resumen Ejecutivo Este Reglamento se promulga en virtud de la facultad conferida a la Compañía de Turismo de Puerto Rico por el Artículo 5 (c) de la Ley Número 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como la Ley de la Compañía de Turismo de Puerto Rico (en adelante, la "Compañía") y por la Sección 1.6 (b) de la Ley Número 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. La redacción de este Reglamento surge para atender la necesidad de uniformar la variedad de procedimientos adjudicativos provenientes de la administración de una diversidad de leyes que son administradas por la Compañía de Turismo de Puerto Rico. Con la creación de este Reglamento se provee un procedimiento adecuado para la solución informal de las controversias administrativas y asegurar la solución rápida y económica de los asuntos ante la consideración de la Compañía de Turismo mediante un procedimiento que será uniforme para todas las oficinas y/o divisiones de la Compañía, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Este Reglamento también revisa y establece normas y procedimientos que regirán las subastas para la adquisición y disposición de bienes, equipos, materiales y artículos, así como la realización de obras y servicios no profesionales. Se disponen, además, las normas específicas y generales para el nombramiento de la Junta de Subastas, sus funciones y los procedimientos apelativos. El establecimiento de un procedimiento uniforme de resolución de procedimientos adjudicativos y de subastas no sólo resulta ser uno más costo efectivo para la Compañía, que bien puede centralizar todas las operaciones relacionadas a la resolución de disputas administrativas, sino que es uno más sencillo para el ciudadano que presente alguna reclamación en el foro administrativo. Compañía de Turismo de Puerto Rico Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, 7 Parte I. Introducción
Regl. 8844, art. 93: REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS Y DE SUBASTAS DE LA COMPAÑIA DE TURISMO DE PUERTO RICO. El proposito de este Reglamento es proveer un procedimiento adecuado para la solucion informal de las controversias administrativas y asegurar la solucion rapida y economica de los asuntos ante la consideracion de la Compañia de Turismo mediante un procedimiento uniforme de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. | Justis AI