Regl. 8851, art. 11 dup2
Procedimiento Adjudicativo ante el Departamento de Hacienda y ante DACO para fines
Cite as Reglamento Núm. 8851, Art. 11 dup2
de la imposición de Multas Administrativas.
(a)
Servicios Licenciados.
Los procesos adjudicativos por querellas e imposición de multas por violaciones a la Ley 42-2015
y este Reglamento se llevarán a cabo en el Departamento de Hacienda, de conformidad con el
Reglamento conjunto sobre la Ley Núm. 42-2015
Página 12 de 13
Reglamento Núm. 7389 de 13 de julio de 2007 conocido como el "Reglamento para Establecer un
Procedimiento Uniforme de Adjudicación para los Asuntos bajo la Jurisdicción del Departamento
de Hacienda que deban ser Objeto de Adjudicación Formal", O cualquier otro reglamento que lo
enmiende, modifique, o suplemente en todo O en parte de tiempo en tiempo.
(b)
Establecimientos Comerciales.
Los procesos adjudicativos por querellas o violaciones a las disposiciones de la Ley 42-2015 y de
este Reglamento se llevarán a cabo en el DACO de conformidad con el Reglamento Núm. 8034 de
14 de junio de 2011 del DACO, conocido como "Reglamento de Procedimientos Adjudicativos", O
cualquier otro reglamento que, de tiempo en tiempo, lo enmiende, modifique 0 suplemente total
o parcialmente. La imposición de multas por violaciones a los preceptos de la Ley 42-2015 y este
Reglamento por parte de DACO se regirán por el Reglamento Núm. 7750 de 24 de septiembre de
2009 del DACO, conocido como "Reglamento para la Imposición de Multas", 0 cualquier otro
reglamento que, de tiempo en tiempo, lo enmiende, modifique 0 suplemente total 0
parcialmente.
(c)
Tanto para fines de los Servicios Licenciados como para los Establecimientos Comerciales, en los
procesos adjudicativos se considerarán las disposiciones de la Ley 454-2000, según enmendada,
conocida como Ley de Flexibilidad Administrativa.