Regl. 8851, art. 11 dup2

Procedimiento Adjudicativo ante el Departamento de Hacienda y ante DACO para fines

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Cite as Reglamento Núm. 8851, Art. 11 dup2

de la imposición de Multas Administrativas. (a) Servicios Licenciados. Los procesos adjudicativos por querellas e imposición de multas por violaciones a la Ley 42-2015 y este Reglamento se llevarán a cabo en el Departamento de Hacienda, de conformidad con el Reglamento conjunto sobre la Ley Núm. 42-2015 Página 12 de 13 Reglamento Núm. 7389 de 13 de julio de 2007 conocido como el "Reglamento para Establecer un Procedimiento Uniforme de Adjudicación para los Asuntos bajo la Jurisdicción del Departamento de Hacienda que deban ser Objeto de Adjudicación Formal", O cualquier otro reglamento que lo enmiende, modifique, o suplemente en todo O en parte de tiempo en tiempo. (b) Establecimientos Comerciales. Los procesos adjudicativos por querellas o violaciones a las disposiciones de la Ley 42-2015 y de este Reglamento se llevarán a cabo en el DACO de conformidad con el Reglamento Núm. 8034 de 14 de junio de 2011 del DACO, conocido como "Reglamento de Procedimientos Adjudicativos", O cualquier otro reglamento que, de tiempo en tiempo, lo enmiende, modifique 0 suplemente total o parcialmente. La imposición de multas por violaciones a los preceptos de la Ley 42-2015 y este Reglamento por parte de DACO se regirán por el Reglamento Núm. 7750 de 24 de septiembre de 2009 del DACO, conocido como "Reglamento para la Imposición de Multas", 0 cualquier otro reglamento que, de tiempo en tiempo, lo enmiende, modifique 0 suplemente total 0 parcialmente. (c) Tanto para fines de los Servicios Licenciados como para los Establecimientos Comerciales, en los procesos adjudicativos se considerarán las disposiciones de la Ley 454-2000, según enmendada, conocida como Ley de Flexibilidad Administrativa.
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