Regl. 8851, art. 12

Acuerdos de cooperación, interpretaciones y órdenes administrativas

Last amended: 2015Length: 65 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8851, Art. 12

El Secretario del Departamento y el Secretario del DACO podrán, de tiempo en tiempo, suscribir acuerdos interagenciales, memorandos de entendimiento, así como emitir en conjunto interpretaciones u órdenes administrativas sobre las disposiciones de la Ley 42-2015 y este Reglamento, salvaguardando los deberes de confidencialidad descritos en la Carta de Derechos del Contribuyente bajo el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado.
Regl. 8851, art. 12: Acuerdos de cooperación, interpretaciones y órdenes administrativas | Justis AI