Regl. 363, art. III-3

Todo embarque de aves domésticas de cuatro semanas o más

Length: 109 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 363, Art. III-3

de nacidas deberá venir acompañado de un certificado o declaración jurada firmada por un veterinario autorizado del estado de Estados Unidos O país de donde procedan, certificando que las mencionadas aves domésticas proceden de criaderos que están libres de la enfermedad "U. S. Pullorum Clean" de conformidad con las normas y requisitos del Plan Nacional para el Mejoramiento de las Aves, (The National Poultry Improvement Plan) y certificando además que al tiempo de su envio dichas aves estaban en buenas condiciones físicas y libres de sintomas de enfermedades infecciosas y contagiosas. Dichos certificados deberán especificar el número de aves que viene en el embarque, la raza y su procedencia.
Regl. 363, art. III-3: Todo embarque de aves domésticas de cuatro semanas o más | Justis AI