Regl. 8855, art. 15-15.2
Reconsideración y revisión judicial
Cite as Reglamento Núm. 8855, Art. 15-15.2
Cualquier persona adversamente afectada por una determinación de la
compañía podrá solicitar los remedios dispuesto en el Reglamento de Procedimiento
Adjudicativo de la Compañía, siguiendo los términos establecidos en la Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme.