Regl. 8855, art. 3-3.2
Requisitos de endoso y certificación para marina turística.
Cite as Reglamento Núm. 8855, Art. 3-3.2
Toda Marina que opere bajo una concesión de la Compañía al amparo de la Ley
Núm. 74 de 10 de julio de 2010, según enmendada, mejor conocida como "Ley de
Desarrollo Turístico de 2010", quedará exenta de solicitar la Certificación de Marina
Turística. No obstante, al momento de renovación O solicitud para obtener una
concesión nueva, ésta quedará sujeta a la obtención de la Certificación de Marina
Turística por la Compañía, según dispone este Reglamento.
Antes de construcción y/o expansión (endoso):
El endoso será otorgado por el Director de Área de Planificación. Dicho endoso
faculta a la Compañía para inspeccionar la obra en cualquier momento previa
notificación. El costo de dicho endoso será determinado por la Compañía. La solicitud
será sometida a la división de Planificación de la Compañía para aprobación.
Requisitos:
1. Su diseño y construcción deberá cumplir con normas y requisitos ambientales y
estéticos.
2. Cumplir con la Ley para Personas con Impedimentos, mejor conocida como
"Americans with Disabilities Act" (ADA, por sus siglas en inglés) y contar con las
instalaciones necesarias para que las personas con impedimentos puedan
acceder y utilizar la marina.
3. Proveerá evidencia de áreas, servicios y muelles para: el arrendamiento o flete
de embarcaciones de turismo náutico, embarcaciones de matrícula extranjera
cuya titularidad y posesión resida en un no residente de Puerto Rico, O cualquier
otra actividad de turismo náutico, según establecido mediante este reglamento.
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Para el endoso se requerirán planos completos firmados y sellados por un
profesional licenciado.
4. Establecer y proveer a la CTPR una política o código de conducta ambiental por
escrito que refleje las leyes y guías pertinentes que regulan el uso de la marina y
sus alrededores. Un código de conducta ambiental deberá abarcar los siguientes
aspectos:
a. El uso de las facilidades para desechos peligrosos y aceites usados.
b. El uso de los contenedores de basura / e instalaciones de reciclaje.
C. El respeto de las áreas naturales sensibles protegidas.
d. Evitar la navegación por las áreas naturales sensibles protegidas.
e. El uso de área de reparaciones y lavado de acuerdo a leyes y
reglamentos.
f. Prohibición de vaciado de zafacones y tanques sépticos en la marina, el
mar O a lo largo de la costa.
g. El uso de las instalaciones de residuos del tanque del inodoro.
5. Deberán contar con facilidades sanitarias (con instalaciones de lavabo, inodoros,
duchas y vestidores) adecuadas, limpias, bien identificadas, con agua potable y
accesibles a los usuarios y turistas.
6. Tener disponible un plan para la prevención de derrames de aceites e
hidrocarburos.
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7. Tener disponible un plan para el manejo y control de escorrentías.
Marinas en Operación (certificación):
Toda marina en operación que interese la certificación como Marina Turística de la
CTPR deberá cumplir con todos y cada uno de los siguientes incisos:
1. La solicitud será sometida a la División de Planificación de la Compañía para su
aprobación. La solicitud de certificación para operar Marina Turística, tendrá un costo
de trescientos dólares ($300.00) y tendrá una vigencia de cinco (5) años.
2. Cumplir con los requisitos reglamentarios y permisos ambientales de la Junta de
Calidad Ambiental (JCA), Departamento de Recursos Naturales (DRNA), la Agencia
Federal de Protección Ambiental (USEPA) y cualquier otra agencia local y federal que
tenga inherencia.
3. Cumplir con la Ley ADA, para personas con impedimentos instalaciones necesarias
para que las personas con impedimentos puedan acceder y utilizar la marina.
4. Proveerá evidencia de áreas, servicios y muelles para el arrendamiento O flete de
embarcaciones de turismo náutico, embarcaciones de matrícula extranjera cuya
titularidad y posesión resida en un no residente de Puerto Rico, O cualquier otra
actividad de turismo náutico, según establecido mediante este reglamento.
5. Deberá contar con un tablón de información accesible al público preferiblemente en
las instalaciones de entrada. Dicho tablón incluirá, al menos uno de los dos idiomas
inglés y/o español, pero se no se limitará a:
a. Información actualizada del estado del tiempo.
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b. Información y localización de operadores turísticos, oficina de información
turística ("concierge"), concesionarios y comercios.
C. Localización de equipo de primeros auxilios.
d. Código de conducta ambiental.
e. Información relacionada a los ecosistemas locales y los fenómenos del
medio ambiente, zonas protegidas, y en los casos que aplique poder
visitar estas zonas, los códigos de conducta para las actividades dentro
de las zonas. De no aplicar zonas protegidas, deberá facilitar información
sobre las zonas marítimas sensibles donde no se podrá navegar O
amarrar. Si no hay zonas especialmente sensibles cercanas, información
general de los ecosistemas circundantes deben ser publicadas. En
lugares que requieran un manejo especial, el solicitante deberá
proporcionar la confirmación de que esta consulta ha tenido lugar y que
un plan de manejo se llevará a cabo.
6. Proveer el servicio de un concierge para servicio a los turistas que visiten la marina
turística.
7. Establecer y proveer a la CTPR una política o código de conducta ambiental por
escrito que refleje las leyes y guías pertinentes que regulan el uso de la marina y sus
alrededores. Un código de conducta ambiental deberá abarcar los siguientes aspectos:
a. El uso de las facilidades para desechos peligrosos y aceites usados.
b. El uso de los contenedores de basura / e instalaciones de reciclaje.
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C. El respeto de las áreas naturales sensibles protegidas.
d. Evitar la navegación por las áreas naturales sensibles protegidas.
e. El uso de área de reparaciones y lavado de acuerdo a leyes y
reglamentos.
f. Prohibición de vaciado de zafacones y tanques sépticos en la marina, el
mar 0 a lo largo de la costa.
g. El uso de las instalaciones de residuos del tanque del inodoro.
8. Contará y tendrá disponible a los usuarios y visitantes un plan escrito para manejo
de emergencias de cualquier naturaleza, incluyendo ambiental, y accidentes en caso
de contaminación, incendios u otros accidentes. Si un accidente 0 emergencia se
produce, la marina deberá contar con los medios organizacionales para lidiar con dicha
situación.
9. La marina deberá proveer un área adecuada y debidamente identificada, con
contenedores para el almacenamiento de residuos peligrosos. Los residuos deben
ser manejados por un contratista con licencia y eliminados en un centro autorizado para
estos fines.
10. La marina deberá proveer un área adecuada para zafacones 0 contenedoras de
basura. Los residuos deberán ser manejados por un contratista con licencia y
depositado en un establecimiento con licencia. Estos deben ser funcionales y
atractivos. Si es posible, se recomienda también que estos sean de productos
respetuosos del medio ambiente.
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11. La marina deberá proveer un área adecuada para la disposición de materiales
reciclables, tales como botellas, latas, papel, plástico, materia orgánica, etc. Los
residuos deben ser separados en la mayor medida posible, por categorías y reciclado.
La separación podría incluir vidrio, latas, papel, plástico, materia orgánica, etc. La
marina deberá tener disponibilidad para recibir al menos tres tipos de materiales
reciclables. Para facilitar el uso, los contenedores deben estar bien etiquetados y en su
caso, en diferentes idiomas. La información sobre cómo separar los residuos
reciclables se deberá tener disponible en el área designada, así como en el tablón de
edictos de la marina.
12. La marina (incluyendo todos los edificios y equipo) debe estar bien cuidada y estar
en conformidad con la legislación estatal y federal. La marina deberá estar bien
integrada al entorno natural y al ambiente. Otros edificios e instalaciones de la marina
(incluyendo tiendas, restaurantes, grúas, patios de recreo, etc.) deben estar limpias, ser
seguras, estar bien cuidadas y en cumplimiento con la legislación.
13. Ninguna descarga/contaminación no autorizada de edificios/instalaciones deberán
entrar en el área de la marina, agua y alrededores. Se recomienda que en la marina se
utilice equipo y productos de bajo impacto al medio ambiente.
14. Deberá en todo momento tener unas instalaciones limpias y libres de cualquier
artefacto que pueda causar daño a los usuarios.
15. Deberán contar con facilidades sanitarias (con instalaciones de lavabo, inodoros,
duchas y vestidores) adecuadas, limpias, bien identificadas, con agua potable y
accesibles a los usuarios y turistas.
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16. Deberá tener accesible en todo momento, equipo de primeros auxilios así como
salvavidas, teléfonos y equipos de extinción de incendios. El equipo debe estar
funcional y ser aprobado por las autoridades estatales.
17. Descargar aguas sanitarias de las embarcaciones en cumplimiento con las leyes
aplicables.
18. No utilizar detergentes nocivos a ecosistemas marinos.
19. Tener disponible un plan para la prevención de derrames de aceites e
hidrocarburos.
20. Tener disponible un plan para el manejo y control de escorrentías