Regl. 8855, art. 6-6.5
Cancelación
Cite as Reglamento Núm. 8855, Art. 6-6.5
Un Operador Certificado que desee cancelar su Certificación deberá radicar una
solicitud de cancelación ante la Compañía donde incluya una explicación detallada de
la razón por la que solicita la cancelación la certificación.