Regl. 8856, art. 2 dup2
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Cite as Reglamento Núm. 8856, Art. 2 dup2
Este Reglamento se adopta en virtud de la facultad conferida a la CompañÃa por su Ley
Orgánica, Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada; la Ley Núm. 254 de
30 de noviembre de 2006; la Ley Núm. 526 de 29 de septiembre de 2004 sobre
modelos internacionales de clasificación hotelera; Ley Núm. 85 de 23 de junio de 1956,
según enmendada (en adelante, la "Ley de Hosteleros") y en conformidad con la Ley
Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, mejor conocida como la "Ley
de Procedimiento Administrativo Uniforme".