Regl. 8856, art. 6 dup4

Áreas Públicas (Requisitos físicos y operacionales)

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Cite as Reglamento Núm. 8856, Art. 6 dup4

A. Estacionamiento 1. Estará ubicado en un lugar estratégico, de forma estética y accesible a las instalaciones de la hospedería. 2. Los estacionamientos estarán agrupados y no se permitirá estacionamientos con acceso directo a cada habitación. 3. De estar pavimentado, en gravilla O cualquier material será uno estético, no existirán huecos o irregularidades que deterioren los autos o permitan caídas de los usuarios. 4. De estar cubierto en grama, estará bien recortada y no se permitirán áreas en tierra en las cuales pueda empozarse el agua. 5. En caso de estar asfaltado, los espacios estarán delimitados con líneas claramente pintadas 0 aditamentos que guarden armonía con el medioambiente y el paisaje. 6. El área debe permanecer libre de basura y obstáculos. Página 22 de 57 7. Los accesos hacia la instalación turística serán adecuados y claramente identificados. 8. Tendrán espacios preparados e identificados para vehículos de personas con impedimentos, de acuerdo a la Ley ADA. 9. Se sugiere contar con espacios disponibles e identificados para vehículos eficientes (híbridos/eléctricos). B. Alrededores 1. Se observarán jardines, los cuales estarán bien diseñados, limpios, cuidados y en armonía con las instalaciones. 2. De existir corrales 0 jaulas con animales, estarán limpios, libres de insectos y contarán con rotulación de advertencias. 3. Se mantendrán los animales realengos fuera del área hostelera. Se recomienda comunicación con organizaciones sin fines de lucro 0 con el albergue de animales más cercano. C. Entrada/Vestibulo/Area de Recepción 1. Estarán ubicados en un lugar estratégico y accesible al huésped. 2. La estructura, los marcos y las puertas de entrada serán de buena calidad, bien mantenida y en armonía con el lugar. 3. De existir escalones se instalarán rampas con las barandas necesarias, según establecido por la Ley ADA. 4. Los cristales (si aplica) estarán limpios y con identificación que evite accidentes. 5. Proveerá comodidad y seguridad. 6. El mobiliario será uniforme en estilo y diseño; su tapizado estará libre de manchas y sucio; sus costuras, telas O marcos estarán en condiciones óptimas. 7. Los accesorios y la decoración complementarán el salón, deberán mantenerse adecuadamente, armonizará con el ambiente de la hospedería y su mantenimiento y limpieza será óptima. Página 23 de 57 8. Los pisos y las alfombras se mantendrán limpios; serán de tal calidad que permitan el paso continuo. 9. El mostrador de registro se encontrará organizado y limpio; incluirá rotulación impresa y enmarcada que indique el horario de operación, el de servicio y las políticas operacionales. No se permitirán papeles 0 cartones en manuscrito, maquinilla u otro similar. 10. Las instalaciones adicionales para proveer servicios, tales como: áreas de transporte, de acceso a cajas de seguridad y del área de equipaje estarán identificadas y bien mantenidas. 11. La iluminación general de la hospedería cumplirá con los propósitos de seguridad, lectura, descanso y estética. La iluminación será de bajo consumo energético y estarán cubiertas, salvo si por su propio estilo, calidad y diseño forman parte de un conjunto. D. Instalaciones Sanitarias Públicas 1. Las instalaciones sanitarias públicas estarán debidamente identificadas. No se aceptará rotulación en papel O cartón. 2. Contará con un espacio sanitario para cada sexo (hombre y mujer). En caso en que el diseño de la hospedería no provea este propósito, la hospedería deberá como mínimo con un (1) servicio sanitario que cumplan con la Ley ADA. 3. Cumplirá para el uso de personas con impedimentos (Ley ADA). 4. El equipo guardará armonía en su estilo y color. Se exigirán medidas higiénicas tales como: equipos para jabón líquido, extractor de aire, sistema de vapor 0 de papel para el secado de manos. De contar con más de un inodoro, cada uno de éstos estará separado en cubículos independientes con puertas. Se requiere el uso de equipos que ahorren el consumo de agua. 5. Los espejos estarán enmarcados, salvo que formen parte de un diseño específico. 6. El equipo, las paredes y los pisos (la instalación completa) estarán en condiciones óptimas de limpieza, mantenimiento y salubridad. 7. Las instalaciones sanitarias públicas estarán libres de olores y manchas de humedad y tendrán equipos tales como rociadores automáticos biodegradables, que controlen 0 minimicen los insectos y la acumulación de olores. Página 24 de 57 E. Elevadores (cuando aplique) 1. Se requiere elevador en aquellas estructuras mayor de tres (3) niveles de elevación requeridos según disponga la reglamentación aplicable de la OGPe O del municipio autónomo. 2. Las puertas exteriores, así como el interior de los elevadores estarán en óptimas condiciones. 3. El interior contará con iluminación y ventilación adecuada. 4. El piso O alfombra interior estarán en excelentes condiciones, libres de olores y manchas. 5. Cumplirán con las exigencias del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, la Ley ADA y contará con las licencias concernientes. 6. Los elevadores tendrán ventilación adecuada y mantendrán una temperatura agradable dentro de la cabina. 7. Deberán mantener su inspección y certificaciones al día. F. Escaleras O Salidas de Escape 1. Estarán rotuladas, iluminadas, limpias, pintadas, con pasamanos y en óptimas condiciones. 2. Se mantendrán libres de obstrucciones y no se utilizarán como lugares de almacenaje. 3. Las puertas de las escaleras no darán acceso desde éstas hacia cada piso. 4. La salida principal (de escape) estará identificada. G. Pasillos 1. Las paredes deberán estar bien pintadas. De tener empapelado, éste se encontrará libre de manchas, de rasgaduras y estará bien adherido a la pared. 2. Los pisos y/o alfombras se mantendrán limpios y libres de manchas. Página 25 de 57 3. En caso de contar con plafones, estos estarán pintados y completos (de ser acústicos) y se cotejará que los alrededores de las rejillas del acondicionador de aire se encuentren limpias, sin moho ni goteras. 4. La rotulación será mínima, aprobándose aquellas, tales como: las que identifiquen salidas de escape, los planes de escape en emergencia, las que identifican las habitaciones y otra necesaria. 5. La iluminación será natural o artificial adecuada, que provea seguridad, integrada al diseño y estilo de la hospedería.
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