Regl. 8856, art. 8 dup2
Instalaciones Gastronómicas y de Bebidas
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Cite as Reglamento Núm. 8856, Art. 8 dup2
A.
Restaurante / Salón de Actividades/ Comedor
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1. El restaurante o salón comedor de la hospedería tendrá una cocina y debe
ofrecer servicio de alimentos al huésped como mínimo un desayuno
continental, con opción de almuerzo y cena.
2. Para aquellos casos en que la hospedería cuente con salón comedor,
restaurante o salón de actividades deberá cumplir con lo siguiente:
a.
Colocará, en un área visible O a la entrada del salón comedor,
rotulación impresa y enmarcada que informe sobre los servicios y
los horarios de operación.
b.
La presentación y servicio a la mesa estarán a tono con el tipo de
restaurante. Si la hospedería ofrece servicios limitados y recurre a
servicio tipo buffet o a servicios a la habitación, los cubiertos y
utensilios pueden ser en plástico de buena calidad (preferiblemente
de plástico reciclable (y (o) biodegradables), presentados de forma
adecuada e higiénica. Los restaurantes de servicio completo
dispondrán de vajillas y cristalerías uniformes de buena calidad, sin
manchas ni roturas y la presentación del servicio será excelente.
C.
La cristalería estará colocada de manera atractiva, sin sacrificar su
limpieza 0 el mantenimiento de condiciones higiénicas. Se
mantendrán las mismas condiciones aún cuando la cristalería no se
encuentre a la vista del cliente.
d.
El mobiliario y la decoración, incluyendo el uso de bandejas,
canastas, servilletas de tela, etc., estarán acordes entre sí y
deberán considerarse de buen gusto; se mantendrán en buenas
condiciones de limpieza y mantenimiento, al igual que el resto de la
instalación.
e.
Deberá tener área accesible a personas según Ley ADA.
f.
Todas las facilidades de alimentos y bebidas cumplirán con los
requisitos del Departamento de Salud de Puerto Rico.
g.
Para la disposición de la basura, se colocará, al menos un (1)
zafacón con cubierta.
h.
Deberá cumplir con la operación de reciclaje y residuos orgánicos
según dispone la Ley Número 411 del 8 de octubre del 2000 de la
Autoridad de Desperdicios Sólidos.
i.
Deberá establecer un plan para el manejo del aceite usado.
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j.
La iluminación será adecuada.
k.
Promoverá el uso de alimentos producidos localmente.
B.
Área de Cocina
1. Las paredes, pisos y plafones serán de material de fácil limpieza y se
mantendrán limpios en todo momento.
2. En la preparación de las comidas se utilizarán alimentos e ingredientes en
perfecto estado de conservación y de acuerdo a las normas establecidas
por el Departamento de Salud.
3. Los pisos tendrán alfombras de goma en las áreas de trabajo y las paredes
serán de superficie lisa, sin grietas; se evitarán aquellos materiales que
requieran el uso de pega para mantenerse adherido.
4. El plafón estará protegido del paso de sabandijas.
5. Las ventanas estarán protegidas con telas metálicas, al igual que las
puertas. Podrá ser la excepción la puerta divisoria entre la cocina y el salón
comedor.
6. Se colocarán extractores sobre las estufas, los hornos, los freidores 0 toda
área O equipo que genere calor. Estos se mantendrán limpios y requerirán
de mantenimiento continuo.
7. Se recomienda que todos los equipos eléctricos sean certificados de bajo
consumo energético y/o "Energy Star" para ahorro energético. Además, se
recomienda la utilización de equipos que maximicen el ahorro de agua
como los certificados por "WaterSense".
8. En las neveras no se guardarán productos en envases abiertos. Los
envases serán de material apropiado que cumplan con los requisitos el
Departamento de Salud.
9. Los productos lácteos y vegetales se mantendrán en neveras separadas de
las carnes o mariscos para evitar contaminación de olores o sabores.
10. No se permitirán productos en los pisos de congeladores y "coolers".
11. Todo equipo, superficie y pisos se mantendrán en condiciones óptimas de
limpieza y sin olores.
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12. Los gabinetes, en los cuales se guardan los cubiertos, cerrarán
herméticamente.
13. La colocación de la vajilla no permitirá la contaminación por el paso de
sabandijas. Los cubiertos serán separados y tapados apropiadamente.
14. Se colocarán bolsas plásticas en los zafacones interiores y, en lo posible, se
mantendrán tapados.
15. La iluminación será adecuada, estará cubierta y ofrecerá seguridad. La
ventilación también será adecuada.
16. Los equipos estarán adecuadamente conectados, sin cables sueltos o
expuestos.
17. Se dispondrá de trampas de aceite.
18. Contará con extintor de fuego debidamente certificado por el Cuerpo de
Bomberos de Puerto Rico.
C.
Barra (en caso que aplique)
1. El mobiliario, la decoración y el resto del área se mantendrán en buenas
condiciones, de limpieza y mantenimiento, al igual que el resto de la
instalación.
2. Será accesible para personas con impedimentos físicos.
3. La cristalería estará colocada de manera atractiva, sin sacrificar su limpieza
0 el mantenimiento de condiciones higiénicas. Se mantendrán las mismas
condiciones aún cuando la cristalería no se encuentre a la vista del cliente.
4. El piso utilizado se mantendrá en óptimas condiciones.
5. Dispondrán, al menos, de dos (2) fregaderos O los requeridos por el
Departamento de Salud para el uso del "bartender".
6. Las neveras se mantendrán en excelentes condiciones de funcionamiento y
limpieza. Se guardarán los productos en envases de cristal, de acero
inoxidable y cualquier otro material aprobado por el Departamento de Salud.
7. Para la disposición de la basura, se colocará un (1) zafacón con cubierta y
contarán con recipiente para reciclaje.
8. La iluminación será adecuada.
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