Regl. 8858, art. 102

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 8858, Art. 102

A. Este Reglamento tiene como propósito establecer un procedimiento ágil de planificación ambiental, donde todos los departamentos, agencias, municipios, corporaciones e instrumentalidades públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus subdivisiones políticas, antes de proponer legislación, efectuar cualquier acción o promulgar cualquier decisión gubernamental que afecte significativamente la calidad del medio ambiente, obtengan, consideren, evalúen y analicen toda la información necesaria para asegurar que se tomen en cuenta los factores e impactos ambientales, a corto y largo plazo, en todas y cada una de las decisiones que pudieran en una u otra forma afectar el ambiente, y que las determinaciones sobre tales impactos 0 efectos de los mismos en el medioambiente sean tomadas de manera informada. B. El propósito de este reglamento es, además, establecer el procedimiento que regirá la preparación, evaluación y trámite de los documentos ambientales. La OGPe, participará de este proceso desde el 1 REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL LISTA DE ACRÓNIMOS AAA AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS ADS AUTORIDAD DE DESPERDICIOS SÓLIDOS CFR CODE OF FEDERAL REGULATIONS (CÓDIGO DE REGLAMENTOS FEDERALES) DECA DIVISIÓN DE EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL DÍA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DRNA DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES EA EVALUACIÓN AMBIENTAL EPA ENVIRONMENTAL PROTECTION AGENCY (AGENCIA FEDERAL DE PROTECCIÓN AMBIENTAL) FEMA FEDERAL EMERGENCY MANAGEMENT AGENCY (AGENCIA FEDERAL PARA EL MANEJO DE EMERGENCIAS) JCA JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL LPAU LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO UNIFORME OGPE OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS NAAQS NORMAS NACIONALES DE CALIDAD DE AIRE AMBIENTAL NEPA NATIONAL ENVIRONMENTAL POLICY ACT (LEY FEDERAL DE POLÍTICA AMBIENTAL) iv REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL punto de vista de fiscalización, conduciendo un trámite investigativo que incluye la obtención de comentarios y recomendaciones de otras agencias gubernamentales y del público en general. La OGPe emitirá la determinación final de la acción propuesta, basado en toda la información obtenida y la adecuacidad del documento presentado. C. El proceso de planificación ambiental es un procedimiento informal sui generis y garantiza el fiel cumplimiento con la Política Pública Ambiental de Puerto Rico, cuyo propósito es alentar y promover el bienestar general y asegurar que los sistemas naturales estén saludables, que tengan la capacidad de sostener la vida en todas sus formas, y crear y mantener las condiciones bajo las cuales el ser humano y la naturaleza puedan coexistir en armonía productiva.
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