Regl. 3642, art. 6

Reglas de Procedimiento para acogerse al Plan de Completa Suplementacion para los Pensionados de los Sistemas de Retiro.

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Cite as Reglamento Núm. 3642, Art. 6

DISPOSICIONES GENERALES 1. El término para acogerse al Plan tendrá duración de un período de 12 meses a partir de la aprobación de la Ley. 2. E1 Plan será administrado por el Sistema de Retiro. 3. Los pagos que por este concepto haga el pensionado serán deducibles de su ingreso para los efectos de la Ley de Contribuciones sobre Ingresos de 1954, según enmendada. - 9 -
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