Regl. 8858, art. 137

CONTENIDO DE LA DETERMINACIÓN DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL

Length: 117 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8858, Art. 137

La determinación de cumplimiento ambiental deberá incluir, como mínimo, lo siguiente: A. descripción de la acción propuesta; B. identificar los impactos evaluados; C. cuando aplique, identificar las alternativas consideradas en conjunto con la alternativa seleccionada; D. medidas de mitigación expresadas en el documento ambiental, según aplique; E. determinación de cumplimiento; F. condiciones aplicables, incluyendo las recomendadas por las agencias gubernamentales concernidas cuyos comentarios y/o recomendaciones sean vinculantes; G. fecha de la determinación; H. fecha de la notificación; I. apercibimiento del derecho a solicitar la revisión O reconsideración de la misma con expresión de los términos correspondientes para solicitar dicha revisión; y J. cualquier otro requisito adicional requerido por ley. 49 REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
Regl. 8858, art. 137: CONTENIDO DE LA DETERMINACIÓN DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL | Justis AI