Regl. 3643, art. I
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Cite as Reglamento Núm. 3643, Art. I
La Administración pagará el costo total de la prima para un seguro
contra riesgos de incendio y huracán en las siembras nuevas de caña de azúcar
de Primavera 0 Gran Cultura, incluyendo las siembras nuevas conocidas como
"Transferencias", según se explica más adelante. En adición, pagará el cincuenta
porciento (50%) y el veinticinco porciento (25%) respectivamente del costo
total de la prima para el susodicho seguro en plantaciones de caña de azúcar
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de primer y segundo retoño. En el seguro del primer y segundo retoño el
agricultor pagará de su propio peculio el cincuenta porciento (50%) y el
setenta y cinco porciento (75%) respectivamente del costo total de la prima.