Regl. 3652, art. III-2

- Coordinador del Programa de Ideas

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Cite as Reglamento Núm. 3652, Art. III-2

Las funciones del Coordinador son: a- Servir de enlace entre la agencia y la Secretaría del Programa. b- Supervisar la divulgación y promoción del Programa en la agencia. c- Informar a la Secretaría las acciones tomadas por el Comité Local en relación a las ideas en el proceso de evaluación. d- Notificar por lo menos cada tres meses a los participantes del Programa sobre el status de las ideas presentadas por ellos que estén bajo consideración del Comité Local de Ideas. e- Mantener informado continuamente al jefe de la agencia y rendirle un informe trimestral de las actividades y logros del Programa en la agencia. f- Preparar para el jefe de la agencia el informe anual de labor realizada y logros del Programa durante el año natural que éste deberá someter a la Secretaría no más tarde de dos meses después de haber cerrado el año. Dicho informe deberá incluir el número de ideas recibidas, número de ideas no aceptadas y número de ideas premiadas. g- Custodiar y velar por el archivo y ordenamiento de los expedientes y documentos del Programa.
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