Regl. 8862, art. 1
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Cite as Reglamento Núm. 8862, Art. 1
Este Reglamento Conjunto ("Reglamento") es promulgado de acuerdo con los poderes
conferidos al Departamento de Asuntos del Consumidor (indistintamente, "DACO" 0
"Departamento") y a la Autoridad de Desperdicios Sólidos (indistintamente, "ADS" 0
"Autoridad") por la Ley 247-2015, conocida como "Ley para la Promoción de Bolsas Reusables y
la Reglamentación del Uso de Bolsas Plásticas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico" ("Ley
247"); la Ley 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del
Departamento de Asuntos del Consumidor" ("Ley 5"); la Ley 70 de 23 de junio de 1978, según
enmendada, conocida como "Ley de la Autoridad de Desperdicios Sólidos de Puerto Rico" ("Ley
70"); la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como "Ley para la Reducción y el Reciclaje de
los Desperdicios Sólidos en Puerto Rico" ("Ley de Reciclaje"); y la Ley 170 de 12 de agosto de
1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme"
("L.P.A.U.").