Regl. 3652, art. II-1
- Elegibilidad
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Cite as Reglamento Núm. 3652, Art. II-1
Tendrán derecho a participar en el Programa de Premios por Ideas para
Mejorar el Servicio Público, todos los funcionarios y empleados de la Rama
Ejecutiva, Rama Judicial y Rama Legislativa, excepto los siguientes:
1- Jefes de Agencias de la Rama Ejecutiva, Judicial y Legislativa.
2- Personal de las agencias que se desempeñe en el mejoramiento de la
gerencia interna.
3- Consultores, asesores y personal contratado para encomiendas especÃficas de duración fija.
4- Miembros del Comité Local de Ideas, del Comité Interagencial de Ideas,
del Comité Central de Ideas y los Coordinadores del Programa.
5- Personal de las Areas de Análisis y Asesoramiento Gerencial, y de
AuditorÃa Operacional de la Oficina de Presupuesto y Gerencia.
6- Funcionarios y empleados municipales.
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