Regl. 3652, art. II-1

- Elegibilidad

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Cite as Reglamento Núm. 3652, Art. II-1

Tendrán derecho a participar en el Programa de Premios por Ideas para Mejorar el Servicio Público, todos los funcionarios y empleados de la Rama Ejecutiva, Rama Judicial y Rama Legislativa, excepto los siguientes: 1- Jefes de Agencias de la Rama Ejecutiva, Judicial y Legislativa. 2- Personal de las agencias que se desempeñe en el mejoramiento de la gerencia interna. 3- Consultores, asesores y personal contratado para encomiendas específicas de duración fija. 4- Miembros del Comité Local de Ideas, del Comité Interagencial de Ideas, del Comité Central de Ideas y los Coordinadores del Programa. 5- Personal de las Areas de Análisis y Asesoramiento Gerencial, y de Auditoría Operacional de la Oficina de Presupuesto y Gerencia. 6- Funcionarios y empleados municipales. 4
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