Regl. 3652, art. II-2

Criterios para la consideración de Ideas dentro del Programa

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Cite as Reglamento Núm. 3652, Art. II-2

1- El Programa considerará solamente ideas que no hayan sido implantadas anteriormente en la agencia; que desde sus inicios hayan sido canalizadas a través del Programa para fines de análisis. 2- En el Programa pueden evaluarse ideas que mejoren el servicio, la calidad del producto, los procedimientos, las herramientas y maquinarias, la protección y el mantenimiento de la propiedad, la seguridad del personal, las condiciones de trabajo; que produzcan economías en dinero, recursos humanos, material, tiempo o espacio. Entre otras cosas, las ideas pueden sugerir: a- Combinación de procedimientos, documentos, informes; b- Eliminación de procedimientos, duplicaciones, gastos, riesgos o desperdicios innecesarios; c- Creación de métodos, procedimientos o nuevos usos a cosas ya establecidas, herramientas y máquinas. 3- Toda idea debe ser puesta a prueba por un tiempo razonable que permita evaluar sus méritos o debe haber sido implantada antes de premiarse. 4- Las ideas deben ser preferiblemente originales, pero también podrán considerarse ideas traidas de otros sitios O áreas tales como el sector privado y agencias federales. 5- Toda idea sometida para consideración, pasará a ser de la exclusiva propiedad del Gobierno. Sin embargo, el Comité Central de Ideas podrá autorizar excepciones a esta norma luego de evaluar una petición del proponente de la idea. 6- Toda idea que al evaluarla el Comité Local de Ideas encuentre es parte de los deberes del puesto del proponente no puede ser premiada. Tampoco considerará ideas anteriormente premiadas. 5 7- Toda idea canalizada a través del Programa, que fuera no aceptada por el Comité Local de Ideas o por la gerencia de la agencia, y que fuese implantada dentro del transcurso de diez (10) años de la notificación de no aceptación, deberá concedérsele el premio correspondiente al empleado que en un principio la sometió al Programa. Para reclamar tal premio, el empleado deberá someter evidencia de que desde sus inicios la idea fue canalizada por él a través del Programa. 8- E1 Comité Central de Ideas solamente considerará las ideas que hayan sido premiadas a nivel local durante el año natural anterior, con doscientos ($200) dólares o más. 9- Un empleado puede someter más de una idea simultânea o separadamente y ser premiado por cada una de éstas. Pueden unirse dos o más empleados para presentar ideas; de resultar premiada, el premio se dividirá en partes iguales entre los empleados. 10- Solamente se considerarán ideas radicadas en el formulario oficial del Programa para ese propósito.
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