Regl. 8863, art. 4-4.03
- Procedimiento Administrativo Informal para los Municipios.
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Cite as Reglamento Núm. 8863, Art. 4-4.03
Los Municipios deberán agotar el Procedimiento Administrativo Informal sobre revisión de
Factura, según dispuesto en el Reglamento sobre la Contribución en Lugar de Impuestos
(CELI) de la Comisión de Energía de Puerto Rico, aplicable a aquellas entidades municipales
que reciben tal beneficio.
Aquellas entidades municipales que por su naturaleza no reciban aportación por concepto
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de la CELI serán consideradas para todos los propósitos como un Cliente, según definido en
este Reglamento, y le serán aplicables todas las disposiciones del mismo.