Regl. 3652, art. IV-2
Comité Central de Ideas
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Cite as Reglamento Núm. 3652, Art. IV-2
1- Composición del Comité:
El Comité Central de Ideas consistirá de los siguientes cinco (5)
miembros:
a- El Director de la Oficina de Presupuesto y Gerencia, presidirá
el Comité y estará facultado para ejercer la supervisión del
funcionamiento y administración del Programa a nivel central
y el seguimiento, coordinación y control del mismo a nivel local.
b- E1 Director de la Oficina Central de Administración de Personal.
c- E1 Director de la Escuela Graduada de Administración Pública
de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de RÃo Piedras.
d- El Presidente de la Junta de Directores de la Asociación de
Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
e- Un empleado o funcionario de una agencia, excepto de las ya
incluidas en el Comité Central de Ideas, quien será nombrado
anualmente por el Presidente de este Comité, a recomendación
del Director del Area de Análisis y Asesoramiento Gerencial.
2- Funciones del Comité Central de Ideas:
Las funciones del Comité Central de Ideas serán las siguientes, disponiéndose que todas sus determinaciones se harán por mayorÃa de
votos:
14
a- Evaluar las ideas que hayan sido premiadas a nivel local con
doscientos ($200) dólares O más durante el año natural anterior
y premiar las ideas que considere meritorias.
b- Decidir la cuantÃa de cada premio.
c- Decidir casos en reconsideración que le sean sometidos por la
SecretarÃa.
d- Modificar la cuantÃa de los premios a otorgarse a nivel local
y central y hacer los cambios en aquellas partes del Reglamento
que se afecten por dicha modificación.
e- Recomendar al Gobernador enmiendas a este Reglamento tomando en
consideración recomendaciones de los comités locales.
f- El Comité Central celebrará reuniones ordinarias para la premiación anual y aquellas extraordinarias que crea conveniente.