Regl. 3652, art. IV-2

Comité Central de Ideas

Length: 286 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3652, Art. IV-2

1- Composición del Comité: El Comité Central de Ideas consistirá de los siguientes cinco (5) miembros: a- El Director de la Oficina de Presupuesto y Gerencia, presidirá el Comité y estará facultado para ejercer la supervisión del funcionamiento y administración del Programa a nivel central y el seguimiento, coordinación y control del mismo a nivel local. b- E1 Director de la Oficina Central de Administración de Personal. c- E1 Director de la Escuela Graduada de Administración Pública de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras. d- El Presidente de la Junta de Directores de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. e- Un empleado o funcionario de una agencia, excepto de las ya incluidas en el Comité Central de Ideas, quien será nombrado anualmente por el Presidente de este Comité, a recomendación del Director del Area de Análisis y Asesoramiento Gerencial. 2- Funciones del Comité Central de Ideas: Las funciones del Comité Central de Ideas serán las siguientes, disponiéndose que todas sus determinaciones se harán por mayoría de votos: 14 a- Evaluar las ideas que hayan sido premiadas a nivel local con doscientos ($200) dólares O más durante el año natural anterior y premiar las ideas que considere meritorias. b- Decidir la cuantía de cada premio. c- Decidir casos en reconsideración que le sean sometidos por la Secretaría. d- Modificar la cuantía de los premios a otorgarse a nivel local y central y hacer los cambios en aquellas partes del Reglamento que se afecten por dicha modificación. e- Recomendar al Gobernador enmiendas a este Reglamento tomando en consideración recomendaciones de los comités locales. f- El Comité Central celebrará reuniones ordinarias para la premiación anual y aquellas extraordinarias que crea conveniente.
Regl. 3652, art. IV-2: Comité Central de Ideas | Justis AI