Regl. 8865, art. II
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 8865, Art. II
1. Administración
La Administración para el Desarrollo de
Empresas Agropecuarias "ADEA".
2. Administrador
El Administrador de la Administración
para el Desarrollo de Empresas
Agropecuarias.
3. Departamento
El Departamento de Agricultura del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico y
los componentes programáticos y
operacionales adscritos (en adelante
Agencias Adscritas).
4. Agencias Adscritas
Corporación de Seguros AgrÃcolas,
Autoridad de Tierras y Administración
para el Desarrollo de Empresas
Agropecuarias.
5. Secretario
El Secretario del Departamento de
Agricultura del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, y los componentes
programáticos y operacionales adscritos
(en adelante Agencias Adscritas).
6. Agricultor
Toda persona natural O jurÃdica, con o
sin fines de lucro, asociaciones,
cooperativas, sociedades fideicomisos o
cualquier otra forma de organización
legal, sus empleados, agentes
intermediarios 0 representantes y
autorizado para hacer negocios en
Puerto Rico.
7. Agrónomo Colegiado
Funcionario del Departamento de
Agricultura y sus agencias con poderes y
facultades para investigar, fiscalizar,
cumplir con responsabilidades y polÃtica
pública inherentes a la agricultura en
Puerto Rico.
8. Director de Programa
El Director de un Programa AgrÃcola de
la Administración de Servicios y
Desarrollo Agropecuarios.
9. Agrónomo Coordinador
Recibe y recomienda la solicitud para su
aprobación del Programa de Incentivo de
Plaguicidas al agricultor.
10. Región AgrÃcola
Cada una de las oficinas en las que
están concentrados los recursos
humanos y técnicos que operan al
servicio del agricultor como ramificación
del Departamento de Agricultura en
Puerto Rico.
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11. Centro de Gestión Única
Región AgrÃcola no creada por Ley.
(Región de Utuado y San Germán).
12. Programa
Programa de Incentivos de Plaguicidas
al Agricultor.
13. Solicitud
Documento oficial de ADEA para
participar del Programa.
14. Plaguicida
Producto quÃmico u orgánico que
previene, controla O erradica plagas O
enfermedades en los cultivos y animales,
tales como; insecticidas, fungicidas,
acaricidas, miticidas, rodenticidas.
reguladores de crecimientos, defoliantes
O desecantes.