Regl. 8873, art. 10 dup9
Archivo de Documentos de Inversiones
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 10 dup9
Copias de los documentos relacionados con las inversiones que hagan los
municipios de sus fondos, deben mantenerse archivadas en la Oficina del Director de
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Finanzas, las cuales deben estar disponibles para ser intervenidas en cualquier
momento por funcionarios de esta Oficina, la Oficina del Contralor de Puerto Rico o
cualquier otro funcionario con autoridad para ello.
CAPÍTULO VI FIANZAS Y SEGUROS MUNICIPALES