Regl. 8873, art. 2 dup10
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE 2016. El proposito de este Reglamento es establecer normas y guias administrativas dirigidas a promover la eficiencia, la uniformidad y un buen gobierno municipal.
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 2 dup10
Formato de Presentación del Presupuesto Preliminar
El presupuesto preliminar deberá estar presentado en una hoja de cálculos
electrónicos diseñada por la OCAM, la cual incluye el Presupuesto Recomendado,
Presupuesto Actual y los Ingresos y Gastos Actuales. Además, incluye el desglose
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por fondo, departamento, programa, sub-programa, actividad y cuenta. Dicho informe
presenta una descripción de la cuenta y totales por departamento.
(1)
Documentos Suplementarios
Todos los informes de presupuesto presentados a la Oficina deberán
estar certificados y firmados por el Director de Finanzas o por el funcionario
encargado de producirlo, incluyendo los siguientes:
a)
Listado de sueldos, presentado en una hoja de cálculos electrónicos
diseñada por la OCAM que detalla categorÃa del puesto, departamento,
programa, sub-programa, actividad, tÃtulo del puesto, cantidad de
empleados, meses, sueldo mensual y anual, y beneficios marginales
tales como: Sistema de Retiro, Seguro Social, Plan Médico, Bono de
Navidad y Bono de Verano;
b)
Listado de obras y mejoras capitales pagaderas con el fondo general;
c)
Listado de contratos otorgados y/o a otorgarse;
d)
Listado de Sentencias;
e)
Listado de Donaciones (Cantidad por cada Entidad sin fines de lucro
y el total presupuestado para indigentes y emergencia);
f)
Listado de derechos, arbitrios, impuestos, cargos y tarifas que
impongan por ordenanza;
g)
Todo documento que justifique las cuentas de ingresos, por ejemplo:
multas, ingresos eventuales, otros ingresos, intereses bancarios,
ingresos en inversiones, ingresos por servicios, arbitrios, etc;
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h)
Listado de ingresos por concepto de contratos de arrendamiento de
locales;
i)
Copia del "Statement of Revenue, Expenditure and Changes in Fund
Balance Governmental Funds", del informe más reciente de auditorÃa
externa o "Single Audit".
j)
Certificación del monto a contratar por concepto de seguros y fianzas.
(2)
Certificación Negativa
Para cualquiera de los renglones anteriores en que el municipio no
tenga incidencias que reportar, deberá emitirse una certificación negativa que
asà lo haga constar. Dicha certificación deberá ser suscrita por el Director de
Finanzas o por el funcionario encargado.
(3)
Plan de Trabajo
Para cada programa se definirá y certificará la clientela, el problema o
necesidad que atiende, las metas, objetivos, las actividades que lo componen,
el número y el costo de las unidades por servicios.