Regl. 3672, art. 10 dup2

Reglas de Procedimeinto de Vista Administrativas.

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Cite as Reglamento Núm. 3672, Art. 10 dup2

DE LA COMPARECENCIA 10.1 Forma de comparecer. Cualquier parte podrá comparecer en su caracter personal 0 mediante abogado u otro representante. Un oficial podrá comparecer en beneficio de su corporación, el socio podrá comparecer en beneficio 24 de su asociación. La persona natural no tendrá que comparecer mediante abogado 0 representante. En el caso de la persona jurídica, ésta deberá venir representada por un abogado para la celebración de la vista. 10.2 Deferencia al foro administrativo. Las partes, abogados, testigos y toda persona que comparezca ante la Junto deberá asumir la mismo postura y respeto requerido en un Tribunal de Justicia. De igual forma, deberá tener con el Panel Examinador la misma deferencia que merece un miembro de la Judicatura.
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