Regl. 8873, art. 42 dup2
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE 2016. El proposito de este Reglamento es establecer normas y guias administrativas dirigidas a promover la eficiencia, la uniformidad y un buen gobierno municipal.
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 42 dup2
Declaración de Oficio
(1)
Si cualquier persona dejare de rendir una declaración en la fecha prescrita por
ley, el Director de Finanzas hará la declaración a base de la información que
él tenga y de aquella otra información que pueda obtener mediante testimonio
o de otro modo.
(2)
Cualquier declaración asà hecha y suscrita por el Director de Finanzas o por
cualquier funcionario o empleado de la División de Recaudaciones Municipal,
será prima facie correcta y suficiente para todos los fines legales.