Regl. 8873, art. 4 dup19
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE 2016. El proposito de este Reglamento es establecer normas y guias administrativas dirigidas a promover la eficiencia, la uniformidad y un buen gobierno municipal.
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 4 dup19
Encargado de la Propiedad
El Alcalde nombrará, por recomendación del Director de Finanzas, a un
empleado como Encargado de la Propiedad Municipal. Aquellos municipios, con un
volumen de propiedad considerable, podrán nombrar Sub-encargados de la Propiedad,
adscritos a las unidades administrativas. El director de la unidad administrativa
municipal, podrá recomendar al empleado o funcionario que fungirá como Subencargado de la Propiedad.
Al nombrar un Sub-encargado de la Propiedad, debe tomarse en consideración
que la unidad administrativa esté bajo la supervisión de un funcionario municipal,
directamente responsable al Alcalde y que la misma tenga bajo su control un gran
volumen de propiedad.
El director de cualquier unidad administrativa municipal, encargado del
manejo de la propiedad, será responsable de tomar las medidas necesarias para
conservar y usar adecuadamente toda la propiedad sujeta a su jurisdicción.
Responderá por el valor monetario de cualquier pérdida que sufra el municipio por el
uso indebido 0 no autorizado, sustracción, deterioro, o cualquier otro daño ocasionado
a la misma, debido a negligencia o falta de cuidado en el desempeño de sus funciones.
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Los Sub-encargados de la Propiedad actuarán en coordinación con el
encargado de la propiedad municipal y serán responsables al jefe de su unidad
administrativa municipal del control y récords de toda la propiedad sujeta a su
jurisdicción. Esta responsabilidad conlleva la obligación de mantener al dÃa los
récords de la propiedad a su cargo, aún cuando se encuentre bajo la posesión de otros
funcionarios y empleados dentro de los lÃmites del municipio.