Regl. 8873, art. 5 dup16
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE 2016. El proposito de este Reglamento es establecer normas y guias administrativas dirigidas a promover la eficiencia, la uniformidad y un buen gobierno municipal.
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 5 dup16
Licitador Responsable
El término "licitador responsable" significa aquel que:
(1)
Tiene recursos financieros adecuados para cumplir su obligación o la
habilidad de obtener tales recursos.
(2)
Es capaz de cumplir con los términos requeridos o propuestos de
entrega, según estipulados o requeridos.
(3)
Tiene un historial de cumplimiento satisfactorio.
(4)
Tiene un historial satisfactorio de integridad y ética comercial.
(5)
Tiene la organización, experiencia, contabilidad y controles
operacionales y destrezas técnicas necesarias para cumplir sus
obligaciones.
(6)
Tiene equipo técnico y facilidades necesarias, o la habilidad de obtener
tal equipo y facilidades.
(7)
Está de otra forma cualificado y sea elegible para recibir una
adjudicación de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables.
(8)
Cualquier otro requerimiento impuesto por el municipio para
considerarlo como "licitador responsable".
PARTE II - SUBASTA PÚBLICA MUNICIPAL