Regl. 8873, art. 5 dup19
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE 2016. El proposito de este Reglamento es establecer normas y guias administrativas dirigidas a promover la eficiencia, la uniformidad y un buen gobierno municipal.
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 5 dup19
Contratación de Servicios de AuditorÃa Externa
(1)
Calificaciones de los Auditores Externos
Los auditores externos deben cumplir con los siguientes requisitos y
condiciones:
a)
Poseer los requisitos establecidos por la reglamentación federal y
estatal vigente, aplicable al servicio solicitado.
b)
Pertenecer a uno de los programas de control de calidad (Peer Review
Program), auspiciados por el Colegio de Contadores Públicos
Autorizados de Puerto Rico.
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c)
Cumple con los requisitos de educación continuada requeridos por el
Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico y las
Normas de AuditorÃa Generalmente Aceptadas (GAGAS), aplicables
a Entidades Gubernamentales, programas, actividades y funciones
"Yellow Book".
d)
Experiencia en auditorÃa de entidades, programas, actividades y
funciones gubernamentales. (Firm's Profile)
e)
Deben cumplir con las siguientes directrices y leyes federales:
1. Ley Pública Número 98-502, conocida como "Single Audit Act",
según enmendada por la Ley Pública Número 104-156 de julio de
1996;
2. 2 CFR Part 200 y cualquier circular 0 directriz emitida por la
Oficina de Gerencia y Presupuesto del Gobierno Federal (OMB
por sus siglas en inglés);
3. Normas de AuditorÃa Generalmente Aceptadas (GAGAS) en los
Estados Unidos de América, emitidas por el Instituto Americano
de Contadores Públicos Autorizados (AICPA);
4. Normas de AuditorÃa Gubernamental Generalmente Aceptadas
(GAGAS), emitidas por el Contralor General de los Estados
Unidos de América.
f)
El Auditor entregará al Municipio un Informe detallado de ingresos y
gastos, según el Esquema de Cuentas para los municipios establecido
por la OCAM. El objetivo de este Informe es permitirle al municipio
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cumplir con la información requerida por la Ley para confeccionar su
presupuesto;
g)
El Auditor entregará al municipio el Trial Balance (Balance de
Comprobación) detallado final Auditado.
(2)
Solicitud de Propuesta
La solicitud de propuesta deberá indicar una descripción clara y
precisa de los servicios solicitados y las fechas lÃmites para recibir las
propuestas.
Cuando el municipio estime el costo de un servicio que no exceda de
$35,000.00, obtendrá propuestas de por lo menos tres (3) firmas con
experiencia y capacidad probada en la materia.
Si los honorarios estimados exceden de $35,000.00, el Municipio
publicará en por lo menos dos periódicos de circulación general en la isla, una
Solicitud de Propuesta "Request for Proposals". Deberá recibir la
participación de por lo menos dos (2) licitadores para poder adjudicar el
servicio a ser contratado.
Se seleccionará la firma, que habiendo cumplido con todas las
condiciones de la propuesta, sea más ventajosa para el municipio,
considerando el precio y otros factores. El municipio terminará el
procedimiento para contratar los servicios de auditorÃa, por lo menos noventa
(90) dÃas antes de finalizar el perÃodo a ser auditado.
(3)
Contratación años posteriores:
Luego del primer año en que el municipio contrate una firma, tendrá
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la opción de volver a contratar la misma por dos (2) años adicionales, sin pasar
por el procedimiento descrito anteriormente, si se dan las siguientes
circunstancias:
a)
El municipio está satisfecho con el servicio prestado por la firma.
b)
Los honorarios no exceden los del año anterior en un diez (10%) por
ciento.
c)
Los honorarios del año corriente exceden los del año anterior en un
diez (10%) por ciento o más, pero el municipio justifica
adecuadamente ante la Oficina dicho incremento, para su aprobación.
(4)
Documentos a proveer a las firmas de AuditorÃa
El municipio tendrá disponible, para inspección de las firmas que han
de someter propuesta, como mÃnimo, los siguientes documentos:
a)
último informe de auditorÃa realizado conforme al "Single Audit Act";
b)
último informe de intervención al municipio emitido por la Oficina del
Contralor;
c)
presupuesto operacional;
d)
estado financiero correspondiente al año fiscal anterior al año a ser
auditado;
e)
contratos formalizados con el Gobierno Federal o Agencias delegadas
"Grant Agreement".
Además, permitirá que las firmas que coticen entrevisten al Director
de Finanzas y al personal de su departamento e inspeccionen los libros de
contabilidad.
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(5)
Contrato de Servicios de AuditorÃa
Documentos de los Auditores:
Los documentos requeridos para efectuar una contratación de
servicios de AuditorÃa Externa en el municipio son los siguientes:
a)
Licencia de la Junta Examinadora de Contadores Públicos
Autorizados;
b)
Evidencia de ser miembro del Programa de Revisión para
Contadores Públicos Autorizados;
c)
Resolución Corporativa o Certificación y/o Declaración Jurada,
autorizando a firmar contratos al representante de la compañÃa o
firma;
d)
Estado financiero actualizado;
e)
Perfil profesional de cada uno de los asociados; (Los socios que
estarán prestando servicios al municipio, deben tener no menos de
tres (3) años de experiencia en el campo de la contabilidad de
gobierno municipal);
f)
Desglose de los honorarios por clasificación del personal a utilizarse
donde se detalle las horas hombre estimadas, tarifas por hora y
honorarios totales ("estimated fees"). El estimado deberá incluir los
gastos incidentales "out-of-pocket";
g)
Detalle de los servicios profesionales a ofrecer para realizar la
auditorÃa sencilla del año correspondiente;
h)
Lista de servicios prestados a municipios.
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En adición a éstos, deben entregarse los documentos generales
requeridos para todos los demás contratos otorgados por los municipios y
mencionados en este CapÃtulo.
Cláusulas
Las cláusulas contractuales deben contener, como mÃnimo, la
siguiente información:
a)
la fecha de entrega del Informe Preliminar y Final;
b)
fecha de entrega de los Estados Financieros Auditados y el "Single
Audit";
c)
cláusula que indique que el Auditor Externo contratante participa en
un Programa de Control de Calidad (Peer Review Program);
d)
cláusula que indique que la firma contratada cumplirá con lo
establecido en las Cartas Circulares emitidas por la Oficina de
Gerencia y Presupuesto del Gobierno Federal y con la regulación
federal contenida en el 2 CFR Part 200;
e)
cláusula que requiera que la firma contratada, opine sobre el
cumplimiento con las recomendaciones del Contralor y la corrección
de las fallas señaladas en sus informes previos, si alguno
f)
las sanciones por incumplimiento;
g)
cláusulas resolutorias.
h)
cláusula que indique que el Auditor entregará al Municipio un Informe
detallado de ingresos y gastos, según el Esquema de Cuentas para los
municipios establecido por la OCAM. El objetivo de este Informe es
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permitirle al Municipio cumplir con la información requerida por la
Ley para confeccionar su presupuesto;
i)
cláusula que indique que el Auditor entregará al Municipio el Trial
Balance (Balance de Comprobación) detallado final Auditado.
Copia de este contrato se radicará en la Oficina del Contralor de Puerto
Rico y se enviará copia a la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales.
(6)
EnvÃo de "Single Audit"
Los municipios deberán enviar el "Single Audit" a las agencias
concernientes, no más tarde de nueve (9) meses después de finalizado el
periodo auditado.