Regl. 8873, art. 6 dup12
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE 2016. El proposito de este Reglamento es establecer normas y guias administrativas dirigidas a promover la eficiencia, la uniformidad y un buen gobierno municipal.
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 6 dup12
Delegación de Firma
Cuando las necesidades del servicio así lo requieran, el Alcalde puede delegar
su firma para la certificación de los gastos que se autoricen para pago, en el
funcionario que estime más idóneo, siempre y cuando las funciones de dicho
funcionario no estén relacionadas a los procesos fiscales. Dicha delegación debe
hacerse por escrito y firmada por el Alcalde.
Un empleado o funcionario no podrá estar autorizado a firmar o comparecer
en un mismo documento o en documentos distintos, en dos o más capacidades, si se
trata de una misma adquisición o desembolso. Dicha prohibición se extiende a los
empleados o funcionarios que estén realizando funciones interinamente, 0 por
cualquier otra causa. Tampoco debe existir incompatibilidad entre las funciones o
deberes que normalmente desempeñan.