Regl. 8873, art. 7 dup15
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE 2016. El proposito de este Reglamento es establecer normas y guias administrativas dirigidas a promover la eficiencia, la uniformidad y un buen gobierno municipal.
Cite as Reglamento Núm. 8873, Art. 7 dup15
Subasta General
Los municipios podrán efectuar Subastas Generales por año o por el término
que consideren conveniente, para aquellos suministros 0 servicios recurrentes, de
manera que no se tengan que celebrar subastas individuales para dichos productos o
servicios, cada vez que sea necesario adquirirlos. No obstante, dicha Subasta General
deberá cumplir con el procedimiento establecido por Ley y las adjudicaciones se
realizarán por renglones. La notificación de las adjudicaciones se informará a todos
los licitadores e incluirá la información contemplada en este CapÃtulo.
Para realizar las compras, adquisiciones y servicios de los suplidores a los
cuales se les adjudicaron renglones a través de una Subasta General, se debe realizar
un contrato a esos fines. Cuando surja la necesidad de adquirir los suministros 0
servicios, se emitirán órdenes de compra contra dicho contrato hasta que finalice la
vigencia del mismo. El procedimiento de la emisión de las órdenes de compra, será
el establecido en el CapÃtulo de Desembolsos Municipales de este Reglamento.
El contrato establecerá los precios y costos ofrecidos, la garantÃa del suplidor
de honrar los mismos y la viabilidad de considerar los cambios surgidos en el
mercado. La vigencia del contrato, será por el término establecido en la Subasta y se
incluirá todas las cláusulas de cumplimiento e incumplimiento que de ordinario
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establecen los contratos del municipio, de acuerdo a la legislación y reglamentación
aplicable.