Regl. 8878, art. 12-2
PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 8878, Art. 12-2
Se adopta esta Regla con el propósito de establecer las guías que la Oficina del
Comisionado de Seguros (OCS) utilizará para la aprobación de los formularios
de contratos de servicios que se tramiten en Puerto Rico, y establecer los
requisitos necesarios para evaluar la solicitud para emitir contratos de servicios,
la discontinuidad de las operaciones, la situación financiera de proveedores de
contratos de servicios y el manejo de los fondos mantenidos en fideicomiso para
garantizar las obligaciones asumidas en los contratos de servicios, conforme al
Artículo 21.260 del Código de Seguros de Puerto Rico. Esta Regla tiene como fin
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proteger los intereses de los tenedores de contratos y el público en general,
mediante normas que propendan a una adecuada fiscalización del negocio de
contratos de servicios, para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones en
dichos contratos y los derechos de los consumidores.