Regl. 3672, art. 20 dup2

Reglas de Procedimeinto de Vista Administrativas.

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Cite as Reglamento Núm. 3672, Art. 20 dup2

DEL PROYECTO DE DETERMINACIONES. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 20.1 Radicacion. (1) Dentro de los veinte (20) días siguientes a la conclusión de la vista, podrá solicitársele a una parte que radique en la Oficina de Oficiales Examinadores un proyecto de determinaciones de hechos, conclusiones de derecho y recomendaciones que podrá ir acompañado de un alegato en apoyo de aquellas. (2) Los alegatos deberán contener referencias apropiadas sobre el record y sobre las autoridades utilizadas. (3) El Panel podrá extender, previa moción de parte y por justa causa, el tiempo para radicar el proyecto de determinaciones, conclusiones y recomendaciones y/o el alegato.
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