Regl. 3672, art. 20 dup2
Reglas de Procedimeinto de Vista Administrativas.
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Cite as Reglamento Núm. 3672, Art. 20 dup2
DEL PROYECTO DE DETERMINACIONES. CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
20.1 Radicacion.
(1) Dentro de los veinte (20) días siguientes a la conclusión de
la vista, podrá solicitársele a una parte que radique en la
Oficina de Oficiales Examinadores un proyecto de
determinaciones de hechos, conclusiones de derecho y
recomendaciones que podrá ir acompañado de un alegato en
apoyo de aquellas.
(2) Los alegatos deberán contener referencias apropiadas sobre el
record y sobre las autoridades utilizadas.
(3) El Panel podrá extender, previa moción de parte y por justa
causa, el tiempo para radicar el proyecto de determinaciones,
conclusiones y recomendaciones y/o el alegato.