Regl. 3672, art. 24 dup2
DEL COMPUTO Y EXTENSION DE LOS TERMINOS
Length: 269 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3672, Art. 24 dup2
24.1 Directrices para computar los términos.
(1) Al computar cualquier período de tiempo establecido por
estas Reglas, excepto que se provea 10 contrario, el día en
el cual el período designado comienza a correr, no será
incluído.
(2) Sábados, domingos y días feriados no serán incluídos en los
45
términos, cuando sean de diez (10) días 0 menos.
(3)
Cuando un período establecido expira un sábado, domingo 0
día feriado, dicho periódo será extendido para incluir el
próximo día laborable.
24.1.1 Envío de documentos por correo.
(1)
La entrega por correo de la querella habrá sido completada
cuando la hoja de recibo que certifique que el documento
llegó al destinatario, haya sido firmado. La entrega de
cualquier otro alegación y documento se completo al
depositarse en el correo.
(2)
Cuando una alegación 0 documento ha sido enviado por correo,
se añadirán cinco (5) días al período permitido por estas
Reglas para radicar una alegación responsiva 0 documento.
24.2 Extensión de los términos.
(1)
EI Panel Examinador podrá, si es apropiado, conceder una
extensión de tiempo para la radicación de cualquier
alegación, documento 0 moción,
(i) mediante una moción expedito de una parte que
demuestre justa causa para conceder la extensión
y luego concluir que no existe perjuicio sustancial
a las otras partes.
(ii) por iniciativa propia del Panel Examinador.
(2)
Cuando se solicita la extensión del término mediante moción,
ésta sólo podrá ser radicada luego de haber sido notificado
a todas las otras partes.
46
(3) la moción de extensión deberá ser radicada antes de la
fecha en que la alegación, documento U otra moción tenga que
ser sometida.