Regl. 8882, art. 1-1
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Cite as Reglamento Núm. 8882, Art. 1-1
La Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico adopta la Regla Número
102 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, de conformidad con
las disposiciones de los ArtÃculos 1.070 y 2.030 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio
de 1957, según enmendada, conocida como Código de Seguros de Puerto Rico; la
Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme; y el ArtÃculo 47 de la Ley 9-2013, según
enmendada, conocida como Ley de la Asociación de Empleados del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico de 2013.