Regl. 8882, art. 4-5 dup2
PRIMAS Y CUOTAS
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Cite as Reglamento Núm. 8882, Art. 4-5 dup2
A. La prima expresada en la póliza deberá incluir todos los derechos, cargos o
cualquier otra remuneración relacionada con el seguro O su obtención, excepto
que, en cualquier enmienda subsiguiente de la póliza, la Asociación podrá
requerir se suministre prueba de asegurabilidad por cuenta del asegurado.
B. Las primas no podrán ser excesivas, inadecuadas O injustamente desiguales.
C. Ni la Asociación, ni cualquiera de sus funcionarios u oficiales, podrá cargar O
cobrar ningún derecho, compensación O remuneración por un seguro, excepto
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los incluidos en la prima; o en la cuota, en el caso del Seguro por Muerte y por
Años de Servicio Asegurados SobreseÃdo.