Regl. 3672, art. 30 dup2

Reglas de Procedimeinto de Vista Administrativas.

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Cite as Reglamento Núm. 3672, Art. 30 dup2

DE LA VISTA INVESTIGATIVA 30.1 Preceptos generales (1) Este Reglamento se promulga de acuerdo al Artículo 11, inciso 11 de la Ley Número 9, Ley Sobre Política Pública Ambiental del 18 de junio de 1970, según enmendada. (2) Las disposiciones de este Reglamento son complementarias con otros reglamentos y procedimientos de la Junta, y nada de 10 aquí dispuesto debe interpretarse como eximente para el cumplimiento de los requisitos establecidos en los reglamentos sustantivos de la Junta. (3) Las disposiciones de este Reglamento son independientes, y 56 cualquier determinación de inconstitucionalidad o invalidez de cualquiera de estas Reglas no afectará en forma alguna a las restantes, las cuales permanecerán en pleno vigor. w (4) Cualquiera de estas Reglas podrá ser enmendada o derogada y podrán adoptarse reglas adicionales, siguiendo el trámite correspondiente en ley. (5) Estas reglas entrarán en vigor luego de ser aprobadas por 1a Junta de Gobierno y cumplidos todos los trámites de ley.
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