Regl. 8892, art. V
CATEGORIZACIÓN DE APROVECHAMIENTOS PROPUESTOS
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Cite as Reglamento Núm. 8892, Art. V
La Autoridad realizará una determinación de las categorías generales y específicas de
aprovechamientos para propósitos de este reglamento, conforme a su análisis pericial y a la
información de la solicitud del proponente y documentos a presentar con ella, o a petición de
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información de la Autoridad, tales como plan de negocios, estudios de viabilidad, plan de
mercadeo, proyecciones financieras o estados financieros auditados, planillas, características
personales de los desarrolladores y/u operadores, localización específica y linderos de la
actividad propuesta, entre otros.
La determinación final de la categorización de la actividad por la Autoridad, incidirá sobre la
adjudicación de la solicitud de autorización, permiso o licencia dentro de la Zona Portuaria, así
como en los cargos a pagar a la Autoridad.