Regl. 3674, art. 5.2

-Tabla Actuarial

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Cite as Reglamento Núm. 3674, Art. 5.2

La Tabla Actuarial, confeccionada a base de la experiencia de mortalidad y recasamiento de las viudas y/o concubinas a las cuales el Fondo les adjudicó un beneficio de compensación en casos de años pólizas comprendidos entre el 1959-60 al 1978-79, será la Tabla Actuarial a usarse para computar actuarialmente el valor conmutado de los pagos mensuales futuros al momento de hacerse una inversión por el cónyuge 0 concubino(a) sobreviviente y dependiente de un(a) obrero(a) 0 empleado(a) fallecido(a) como resultado directo de una muerte compensable, cuya causa ocurra a partir del 30 de mayo de 1984, así como para computar actuarialmente la reducción proporcional de los pagos mensuales futuros con cargo al remanente una vez hecha la inversión.
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