Regl. 3674, art. 5.3
-Tipo de Interés
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Cite as Reglamento Núm. 3674, Art. 5.3
El tipo de interés a usarse para descontar a su valor presente el valor
de cada uno de los pagos mensuales futuros adjudicados al cónyuge 0
concubino(a) sobreviviente y dependiente que optare por realizar una
inversión de parte de su derecho de compensación será del cinco (5) por
ciento anual, compuesto anualmente.